A la hora de contabilizar el IVA que me cobran (paso de repercusiones y devengados, que me lío pardamente) me surgen dudas. Así como a la hora de contabilizar el IRPF que puedo deducir de gastos varios.
En el caso de tiquets de parking y dietas, sus dejo unos interesantes enlaces:
- Tiquets parking: http://www.contabilidad.tk/node/1191
- ¿Tickets o facturas de parking?: http://www.forosdelweb.com/f83/deducir-aparcamiento-iva-e-irpf-470201/
- Tiquets comida y parking: http://www.contabilidad.tk/node/5754
- Dietas (gastos de desplazamientos): http://datakon.esforos.com/gastos-desplazamientos-dietas-t98
- Reglamentación del IRPF sobre dietas y estancias: http://www.boe.es/boe/dias/2007/03/31/pdfs/A14097-14149.pdf